Tu instalación de aerotermia necesita estar registrada ante Industria. Nosotros preparamos toda la documentación técnica para que cumplas con la normativa sin complicaciones.
Solicitar presupuesto gratuitoLa aerotermia es una instalación térmica regulada por el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios). Al igual que cualquier sistema de climatización o calefacción, debe documentarse y registrarse ante Industria cuando su potencia térmica nominal supera los 5 kW.
En la práctica, casi todas las instalaciones de aerotermia para vivienda superan este umbral, ya que los equipos tipicos para calefacción y ACS tienen potencias de entre 8 y 16 kW. Esto significa que la inmensa mayoria de las aerotermias requieren legalización.
La aerotermia esta clasificada como energía renovable por la Directiva 2009/28/CE. Sin embargo, su condición de renovable no la exime de la obligación de legalización. Al contrario, al tratarse de instalaciones con circuito hidraulico y, en muchos casos, refrigerante, la documentación es especialmente importante.
La aerotermia involucra varios sistemas que pueden requerir documentación especifica:
El Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigorificas (RSIF) se aplica cuando la carga de refrigerante supera determinados umbrales. En equipos domésticos con circuito sellado de fabrica, normalmente no aplica.
Nexell Dox tiene habilitación RSIF (frigorista N1) y puede gestionar ambos registros.
Para elaborar la memoria técnica de tu aerotermia, necesitamos:
Mientras que un aire acondicionado convencional trabaja con expansion directa (el refrigerante llega a las unidades interiores), la aerotermia utiliza un circuito hidraulico intermedio. Esto requiere documentar adicionalmente el circuito de agua, las bombas de circulacion, el vaso de expansion y los elementos de seguridad hidraulica.
La legalización de instalaciones de aerotermia esta regulada por varias normas que afectan a distintos aspectos del equipo y la instalación:
Toda instalación térmica de potencia superior a 5 kW requiere memoria técnica de diseño (MTD) firmada por técnico habilitado. La mayoria de aerotermias domésticas tienen potencias térmicas de 8 a 16 kW, por lo que SI requieren legalización RITE. Solo los equipos muy pequenos de ACS exclusivamente quedan por debajo del umbral.
El Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigorificas aplica cuando el equipo utiliza refrigerante en un circuito NO sellado de fabrica, o cuando la carga de refrigerante supera los limites establecidos. Equipos monobloc con circuito sellado generalmente NO requieren RSIF. Equipos bibloc (split) con carga de refrigerante en campo SI pueden requerirlo, dependiendo del tipo y cantidad de refrigerante.
El Código Técnico de la Edificacion establece la exigencia de contribucion minima de energía renovable para la producción de ACS. La aerotermia cuenta como energía renovable siempre que su SPF (factor de rendimiento estacional) sea superior a 2,5, según la Directiva 2009/28/CE. La mayoria de equipos del mercado cumplen este requisito, lo que permite satisfacer la exigencia de renovables para ACS.
Establece las sanciones por no registrar instalaciones térmicas: infracciones leves de 600 a 6.000 euros, graves de 6.001 a 60.000 euros.
No registrar tu instalación de aerotermia ante Industria tiene consecuencias que van más alla de las sanciones:
Si has instalado aerotermia con intencion de solicitar ayudas públicas, asegurate de legalizar ANTES de presentar la solicitud. La documentación de registro ante Industria es uno de los requisitos obligatorios.
La legalización de una instalación de aerotermia sigue un proceso estructurado:
Recopilamos la información técnica del equipo: marca, modelo, potencia térmica (calorifica y frigorífica), tipo de refrigerante (R-32, R-290, R-410A...) y carga de refrigerante en kg. Con las fotos de la placa de características es suficiente si no dispones de estos datos.
Realizamos el cálculo de la carga térmica del edificio para justificar el dimensionado del equipo. Se tiene en cuenta la zona climatica, la superficie, el aislamiento y las necesidades de calefacción y ACS.
Redactamos la Memoria Técnica de Diseño según el RITE, incluyendo descripcion de la instalación, cálculos justificativos, esquema de principio y documentación del circuito hidraulico. Si la instalación requiere documentación RSIF, se elabora simultaneamente.
La documentación se presenta ante el órgano competente de Industria de tu comunidad autónoma. Te guiamos en la tramitación o la gestionamos telematicamente si lo prefieres.
El tipo de equipo de aerotermia determina la documentación necesaria para su legalización:
Todo el circuito frigorífico esta contenido en la unidad exterior, sellado de fabrica. Desde la unidad exterior salen y llegan tuberias de agua (circuito hidraulico). La instalación en campo solo implica conexiones hidraulicas y eléctricas.
El circuito frigorífico se divide entre la unidad exterior y la unidad interior. La instalación en campo requiere la conexión de las tuberias de refrigerante y la carga del gas, lo que exige un frigorista habilitado.
Contamos con habilitación RITE y RSIF (frigorista N1, R.I. 206529), por lo que podemos gestionar la documentación completa tanto para equipos monobloc como bibloc, incluyendo el registro ante Industria en ambos reglamentos si es necesario.
Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) permiten monetizar la sustitución de tu caldera por aerotermia. Las comercializadoras estan obligadas a comprar estos certificados (RD 36/2023). La legalización RITE es requisito imprescindible para generar los CAE.
Precio cerrado que incluye toda la documentación técnica RITE y el asesoramiento completo.
Memoria técnica RITE + cálculos + esquemas
Si se requiere documentación RSIF adicional, se presupuesta por separado
Solicitar presupuesto sin compromisoNexell Dox es el servicio de documentación técnica de Nexell Instalaciones (Nexell Instalaciones y Obras S.L.), empresa instaladora habilitada con Registro Industrial n.º 206529.
Contamos con un Director Técnico habilitado (R.I. 206529) que firma personalmente cada documento. Habilitaciones activas: REBT (especialista en baja tensión), RITE (instalaciones térmicas) y RSIF (sistemas frigoríficos, nivel 1). Más de 20 años de experiencia en el sector.
CIF B87004370 · Agremia n.º 57532 · Seguro de RC vigente
Dudas habituales de propietarios e instaladores sobre la legalización de aerotermia.
Rellena los datos de tu instalación y te enviamos presupuesto exacto a la mayor brevedad.